Lasobras, alteraciones o modificaciones en la vivienda sin permiso son motivo para rescindir el contrato de alquiler. Al igual que realquilar, subarrendar o utilizar la casa para un uso diferente, sin el consentimiento del casero. El impago de la fianza, así como de sus actualizaciones, también será motivo para finalizar contrato.
Vamosa ver, la ley de Arrendamientos Urbanos, establece la prorroga automatica del alquiler, hasta un plazo de 5 años, siempre y cuando el arrendatario (inquilino) con un minimo de un mes de preaviso al vencimiento de cada anualidad, no avise al arrendador (propietario) su deseo de -no renovar-. Ese derecho de no
Elvalor de la indemnización suele ser de un mes de renta por cada año que falte para finalizar el contrato. Si el contrato fue de solo un año se calculará la cifra proporcionalmente. También existe la opción de rescindir del contrato antes de los 6 meses, solo si se ha llegado a los 4 meses.
Duracióny monto del contrato. La duración del contrato es uno de los elementos más importantes en el que se debe hacer foco a la hora de firmar un contrato de alquiler. Antes de firmarlo es
LaLey de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece, en su artículo 11, el desistimiento del contrato de arrendamiento de una vivienda: “El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de
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rescindir contrato de alquiler antes del año